7 jun 2011

Ramón Isaza podría perder los beneficios de Justicia y Paz

El excomandante paramilitar del Magdalena Medio Ramón Isaza tendrá que responder ante la justicia ordinaria por los delitos cometidos después del 25 de julio de 2005, según una decisión tomada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Según la decisión del Tribunal, los beneficios de la Ley de Justicia y Paz se aplican únicamente a hechos ocurridos con anterioridad a la fecha de su promulgación, el 25 de julio de 2005, de comprobarse que se realizaron otros después de esa fecha, será la justicia ordinaria la encargada de juzgarlos.

Por esta razón se ordenó que 27 delitos de lesa humanidad, que se le endilgan al exparamilitar, sean dirimidos fuera de Justicia y Paz perdiendo así la oportunidad de pagar penas de máximo ocho años de cárcel. De comprobarse otras denuncias más de 25.700 desmovilizados también perderían los beneficios que les otorga la Ley.

"Si nosotros decimos que la ley queda abierta, todo el mundo se dedica a hacer asesinatos, masacres, pensando que el Código Penal no se le aplica, sino que se le aplican son las penas alternativas establecidas, por eso hay que hacer un corte, porque sería derogar todo nuestro ordenamiento jurídico", precisó la Corte Suprema.

La decisión se tomó luego de revisar un informe presentado por la Fiscalía de Justicia y Paz, en el cual se formuló imputación de cargos contra 37 postulados conforme a la confesión de 572 hechos en los que se habrían cometido un total de 3.116 delitos, entre los que se destacan concierto para delinquir agravado, tráfico de armas y municiones de uso personal y privativo de las Fuerzas Armadas.

En ese proceso también se resalta la negativa de un magistrado de Justicia y Paz de conocer una veintena de crímenes cometidos por 37 miembros del bloque Magdalena Medio de las Auc después del 25 de julio del 2005. La Corte "confirma la decisión de primera instancia en la cual el Magistrado de Justicia y Paz de Bogotá con función de control de garantías se declaró sin competencia para conocer de la imputación por hechos acaecidos después de la entrada en vigencia de la Ley 975 de 2005", dice el Tribunal.



Según Ricardo Wisa, abogado de Isaza, con la decisión "se perdería la esencia de la desmovilización. Si el imperio de la ley es que se acojan a una pena alternativa y si esos delitos no entran, de qué me interesa una pena de ocho años si atrás vienen los delitos con pena de sesenta años, entonces esto no tiene razón de ser".

Entre los otros paramilitares desmovilizados que quedarían excluidos de la ley se encuentran Alirio de Jesús Quinchía, Luis Eduardo Zuluaga, Farley Adrián Castaño, John Freddy Gallo Bedoya, Óscar Alveiro Tabares, Jorge Enrique Echeverry, Darío Antonio López Cosme, Oliverio Isaza, John Alfredo Ospina, Yersy Fernando Marín, César Augusto Botero, Gustavo Garay Gómez, Mauricio Vélez López, William José

Morales Toro, Luis Alberto Gómez Mejía y Walter Ochoa Guisao.

Además de Klein Yair Mazo Isaza, Rafael Lloreda Maturanam, Ovidio Suaza, Álvaro Murillo, Florez, Rubelio Alfonso Franco, Luis Carlos Bedoya Ospina, Alexánder López Acosta, William Alberto Domínguez, José Alexánder Baquero, Camilo de Jesús Zuluaga, Pedro Pablo Hernández, Evelio de Jesús Aguirre, Alejandro Manzano, Rodrigo de Jesús Galeano, Casimiro Manjarres, John Jairo Bonilla Quinchía, GilbertoRueda Palomo, Óscar Iván Ramírez Salazar, José Horacio García Cardona y Édgar de Jesús Cataño Soto.

No hay comentarios:

TRIBU ARTESANIAS DE MANZANARES